Corredoras y administradoras (B2B)

Cobranza de arriendos impagos y restitución

Apoyamos a corredoras y administradoras de propiedades a recuperar rentas impagas y, cuando corresponde, la restitución del inmueble. Usamos el procedimiento monitorio de la Ley Devuélveme mi Casa cuando el contrato lo permite, y elegimos la vía que mejor protege al propietario.

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¿Para quién es este servicio?

  • Corredoras de propiedades con cartera en administración
  • Administradoras de renta residencial y multifamily
  • Empresas con inmuebles comerciales arrendados
Cada mes impago es pérdida

Mientras el arrendatario sigue en la propiedad sin pagar, el propietario deja de recibir renta y asume gastos.

Relación con el propietario en riesgo

La corredora necesita mostrarle al dueño gestión concreta, no solo recordatorios.

Procesos que se alargan

Una demanda mal planteada o con documentación incompleta puede retrasar la recuperación de la renta y del inmueble.

Base legal

Marco legal: Ley 21.461 “Devuélveme mi Casa”

Desde 2022, la Ley 18.101 incluye un procedimiento monitorio para cobrar rentas impagas y pedir la restitución del inmueble por no pago, diseñado para ser más ágil que el juicio de arrendamiento tradicional.

Procedimiento monitorio

En una misma demanda se cobran rentas, gastos comunes y consumos adeudados y se pide la restitución. Notificado, el arrendatario tiene 10 días corridos para pagar u oponerse.

Si paga, se opone o no responde

Si paga todo, el monitorio termina. Si no paga ni se opone, se ordena la restitución. Si se opone con fundamentos, el caso sigue en el juicio de arrendamiento.

Contrato con firma ante notario

Un contrato escrito con firmas autorizadas ante notario es antecedente suficiente para el monitorio. Si no existe, revisamos qué prueba hay y qué vía conviene.

Garantías y codeudores

Revisamos quién más responde según lo que firmó: fiador o codeudor solidario, aval de un pagaré si existe, y la garantía del contrato.

Contenido informativo. Cada caso se revisa según su documentación antes de definir la vía de cobro.

Cómo trabajamos

Primero intentamos resolver sin juicio. Si no hay acuerdo y el caso lo justifica, pasamos a la vía judicial sin perder la información de la gestión previa.

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    Revisión del contrato

    Analizamos contrato, mandato de la corredora, garantías, fiador o codeudor y el detalle de rentas impagas.

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    Requerimiento de pago

    Gestión extrajudicial breve para buscar pago o acuerdo antes de ir a tribunales.

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    Acción judicial

    Demanda monitoria o la vía que corresponda, con seguimiento de plazos, oposiciones y audiencias.

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    Reporte al propietario

    Estado del caso por contrato para que la corredora informe al dueño con respaldo.

Por qué Cobgestion

Extrajudicial y judicial en un solo equipo

La gestión previa y el juicio comparten datos, documentos e historial.

Decidimos con datos

Scoring por deudor para no litigar casos que no conviene demandar.

Trazabilidad completa

Cada gestión queda registrada y reportada al mandante.

Cobertura nacional

Gestión coordinada en todo Chile.

Conoce más sobre nuestra empresa de cobranza y la cobranza extrajudicial.

Preguntas frecuentes

¿Atienden a propietarios particulares con un solo inmueble?

Este servicio está diseñado para empresas: corredoras, administradoras de propiedades y empresas con inmuebles arrendados. Si eres propietario particular, tu corredora puede derivarnos el caso con tu mandato.

¿Qué es el procedimiento monitorio de la Ley Devuélveme mi Casa?

Es una vía especial para cobrar rentas impagas y pedir la restitución por no pago. El tribunal requiere al arrendatario para que pague o se oponga dentro de 10 días corridos desde la notificación; si no hace ninguna de las dos cosas, se ordena la restitución. La duración total depende de la notificación, las defensas y el lanzamiento.

¿Se puede cobrar al aval o codeudor solidario?

Sí, según lo que haya firmado. Un fiador, un codeudor solidario y el aval de un pagaré responden de forma distinta, así que revisamos cada instrumento e incluimos a quien corresponda en la estrategia de cobro.

¿También gestionan arriendos comerciales?

Sí. La Ley 18.101 también rige para locales y oficinas urbanos, con algunas excepciones. Revisamos el contrato y el monto adeudado para confirmar la vía.